No module Published on Offcanvas position
C. Tomás Redondo, 1, 28033 Madrid ugt@iberdrola.es

Teletrabajo y TOR

 

En la pasada Negociación Colectiva se implanto la nueva Norma de Teletrabajo y el Trabajo Ocasional a Distancia (TOR).

Teletrabajo 2El teletrabajo es la modalidad de prestación de servicios en la que se desarrolla una parte de la jornada laboral (el 30% de la jornada trimestral) en un sistema no presencial, mediante el uso de medios telemáticos y tecnologías de la información, y desde un puesto de trabajo en su domicilio habitual, en el que se garantice las condiciones exigidas en materia de prevención de riesgos laborales, seguridad y salud laboral, y en cualquier otra normativa interna de Iberdrola, así como de privacidad, protección y confidencialidad de datos.


El teletrabajo es voluntario, tanto para la persona teletrabajadora como para Iberdrola, siendo reversible para ambas partes pudiéndose realizar las modificaciones oportunas de forma individual y/o colectiva.

El contenido mínimo de acuerdo del teletrabajo incluye:

  • Inventario de los medios necesarios para desarrollar el teletrabajo (ordenador portátil, móvil, banda ancha en el domicilio, conexión VPN…).

  • Compensación por hacer teletrabajo.

  • Horario de trabajo.

  • Porcentaje del tiempo de trabajo presencial y a distancia.

  • Centro de trabajo al que está adscrito el teletrabajador.

  • Lugar de trabajo a distancia elegido, en Iberdrola el domicilio habitual.

  • Duración de plazos de preaviso de reversibilidad, en Iberdrola el plazo es de dos semanas de antelación.

  • Medios de control empresarial de la actividad.

La concesión del teletrabajo es a voluntad de la Empresa y hasta la fecha no es más que testimonial. Desde UGT FICA Iberdrola hemos elaborado una guía informativa y un formulario que te ayudarán a la hora de hacer la solicitud de esta modalidad de trabajo. Ademas dispones de toda la información en el portal del empleado > Zona Personal.

Como complemento al teletrabajo tenemos otra modalidad de trabajo a distancia denominada "Trabajo Ocasional en Remoto" (TOR). La caracteristicas generales del TOR son:

✓ Esporádico: cada jefatura lo acuerda con el trabajador/a

✓ Limitado por Ley a menos del 30% de la jornada

✓ Debe cubrir las necesidades organizativas

✓ Desde el domicilio habitual

Tu Delegado/a de UGT FICA Iberdrola más cercano dispone de los documentos y podrá facilitartelos, no dudes en contactar con él/ella. Si lo prefieres, puedes descargarte el formulario u obtener información sobre el proceso de solicitud del TOR en los siguientes enlaces:

⇒ Formulario de solicitud para participar en la modalidad de Teletrabajo

⇒ Solicitud Trabajo Ocasional en Remoto (TOR)